Quiénes Somos
Somos un grupo empresarial llamado CVS 360, dedicado a ofrecer servicios integrales de asesoramiento jurídico y construcción y renovación.
Nuestra Filosofía
En Grupo Empresarial CVS 360, la ética, la profesionalidad y la sustentabilidad son nuestros pilares principales.
Sobre Nosotros
GRUPO EMPRESARIAL CVS 360, somos una compañía radicada en Valencia; ejemplo de crecimiento empresarial dado que, por su perseverancia, seriedad, responsabilidad y compromiso, un grupo de visionarios decidió conformar esta sociedad, basada en principios de igualdad, justicia y sustentabilidad.
En nuestra compañía, estamos permanentemente en la búsqueda de nuevas oportunidades para crecer y mejorar, y así ofrecer servicios de alta calidad.
Nos destacamos por nuestra pasión por la creatividad y la atención al detalle de cada uno de nuestros proyectos, superando así las expectativas de nuestros clientes.
Contamos con un equipo de trabajo conformado por profesionales altamente capacitados y con experiencia en diversas áreas, lo que nos permite ofrecer soluciones integrales y eficientes a las necesidades de nuestros usuarios, brindando un excelente servicio por medio de la exigencia en calidad, alcances, tiempo y costos.
Estamos orgullosos de ofrecer soluciones innovadoras y personalizadas para satisfacer las necesidades únicas de cada proyecto.
Nuestros Servicios
Ofrecemos una amplia gama de servicios en asesoramiento jurídico y construcción y renovación
Construción y Renovación
Ofrecer a nuestros clientes un servicio integral de arquitectura e ingeniería y todo lo relacionado con obra civil de primera calidad, logrando la satisfacción de los mismos.
Asesoría Legal
Somos especialistas en derecho de extrangería, ofreciendo las posibilidades totalmente legales para obtener tu residencia, persimos laborales, asilo politico y gestion de tramites migratorios, ya que contamos con gran experiencia.
Limpieza de Hogares y Empresa
Disfruta en familia o haz que tu empresa sea mas productiva, nosotros nos encargamos de la limpeza para tu hogar o empresa; contamos con personal altamente calificado.
Asesoría Legal
¿Qué es una estancia?
La estancia en España se entiende como el tiempo limitado que un extranjero pasa en el país sin establecer su residencia de manera permanente.
En concreto, la estancia tiene una duración máxima de 90 días en un período de 180 días y no permite trabajar ni realizar ninguna actividad económica en el país, a menos que se obtenga una autorización especial.
Además, durante el tiempo de estancia, los extranjeros están sujetos a las leyes y regulaciones españolas, sin embargo, este período de estancia no computará para la obtención de la nacionalidad española por residencia legal y continuada en España.
¿Qué es una residencia?
La residencia en España es la autorización que permite a una persona extranjera vivir en España durante un período de tiempo superior a 90 días e implica establecer un domicilio y una vida habitual en el país.
Una vez admitida la residencia, se emite la denominada tarjeta de identificación de extranjero (TIE), que acredita la situación legal de residencia en España y permite vivir y trabajar legalmente en el país, dependiendo del tipo de visado que se haya solicitado.
Es fundamental tener en cuenta que no debe ausentarse del país durante largos períodos de tiempo, ya que esto puede dar lugar a la pérdida de la residencia.
DIFERENCIA ENTRE RESIDENCIA Y ESTANCIA
La principal diferencia entre residencia y estancia en España se encuentra en la duración de la permanencia legal y en los derechos que cada situación confiere.
Ya hemos mencionado que la estancia es de carácter temporal y limitada a un máximo de 90 días, salvo excepciones, y que por otro lado la residencia permite una estancia más larga y puede ser renovada en función de la duración de la autorización de residencia obtenida.
En cuanto a los derechos y obligaciones, existe otra gran diferencia entre estancia y residencia, ya que, durante una estancia los extranjeros tienen derechos limitados y están sujetos a las regulaciones establecidas para el tipo de visado que poseen. En cambio, los residentes tienen más derechos y responsabilidades, incluyendo el acceso a la educación, la atención médica y la posibilidad de trabajar legalmente en el país.
Los servicios que ofrecemos:
1.1. Tramitación de visados:
A. Residencia
I. Visado de residencia temporal no lucrativa
Visado para residir en España sin realizar una actividad lucrativa (laboral o profesional) siempre que disponga de medios de subsistencia garantizados y suficientes. Este visado no autoriza a trabajar.
– Pueden obtener también el visado los siguientes familiares:
1. El cónyuge o pareja de hecho.
2. Los hijos y los ascendientes a cargo que formen parte de la unidad familiar.
II. Residencia por reagrupación familiar.
Este tipo de residencia permite que un extranjero que ya tiene una situación regular en España, pueda traer a sus familiares directos de una forma completamente legal.
III. Residencia por arraigo.
Esta se ofrece a aquellos que han estado en España de manera continuada durante un tiempo determinado (generalmente tres años) y han establecido lazos sociales o económicos con el país, que deberán demostrarse con documentos oficiales.
IV. Visado de residencia para trabajo por cuenta ajena
Todo extranjero, mayor de 16 años, que no sea nacional de un Estado Miembro de la UE o de un Estado Schengen, y que tenga la intención de desplazarse a España para realizar una actividad lucrativa por cuenta ajena, podrá solicitar un permiso de residencia si cumple con una serie de requisitos.
La presentación de una solicitud de visado de trabajo por cuenta ajena requiere la previa obtención de una autorización de permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena tramitada por el empleador en España. Una vez obtenida esta autorización inicial a instancia del empleador, esté firmará la resolución de la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente y la remitirá al trabajador para que solicite el visado en la correspondiente Oficina consular.
V. Visado de residencia para trabajo por cuenta propia
Todo extranjero, mayor de 18 años, que no sea nacional de un Estado Miembro de la UE o de un Estado Schengen, y que tenga la intención de desplazarse a España para realizar una actividad lucrativa por cuenta propia, podrá solicitar una autorización inicial de residencia por trabajo por cuenta propia si cumple con una serie de requisitos.
No podrán presentar una solicitud de residencia de larga duración de ningún tipo quienes se encuentren dentro del plazo de compromiso de no retorno a España asumido voluntariamente.
Es condición previa y necesaria que el interesado disponga, antes del inicio de la presentación de la solicitud, del correspondiente Número de Identidad de Extranjero (NIE), que podrá tramitar ante la Oficina consular.
La tramitación de una solicitud de visado de residencia por trabajo por cuenta propia es presencial en todas sus fases, sin que pueda realizarse mediante representante (salvo casos puntuales en la fase de notificación) o por vía telemática.
VI. NOMADA DIGITAL:
Pueden solicitar una residencia por teletrabajo de carácter internacional aquellos extranjeros no UE para ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
En el caso de ejercicio de una actividad laboral, el titular de la autorización por teletrabajo de carácter internacional solo podrá trabajar para empresas radicadas fuera del territorio nacional.
En el supuesto de ejercicio de una actividad profesional, se permitirá al titular de la autorización por teletrabajo de carácter internacional trabajar para una empresa ubicada en España, siempre y cuando el porcentaje de dicho trabajo no sea superior al 20% del total de su actividad profesional.
B. Estancia
VII. Visado de estudios en general y familiar del estudiante
Este visado se refiere a estancias para cursar o ampliar estudios, actividades, investigación o formación, practicas no laborales, intercambio de alumnos y servicios de voluntariado que tengan una duración superior a 90 días.
VIII. Visado de corta duración.
Este visado es para periodos no superiores a los 90 días, también llamado visado de transito.
MISIÓN
Ofrecer a nuestros clientes un servicio integral de arquitectura e ingeniería y todo lo relacionado con obra civil de primera calidad, logrando la satisfacción de los mismos, contribuyendo así al fortalecimiento de los servicios prestados.
En nuestro equipo, creemos que la sostenibilidad es una responsabilidad importante que tenemos con el medio ambiente y las generaciones futuras. Por eso nos esforzamos en ofrecer soluciones sostenibles y respetuosas con el medio ambiente, en cada proyecto de construcción y reforma que emprendemos.
Construcción y Reformas Integrales
- Chalets
- Adosados
- Pisos
- Oficinas
- Locales
- Bares
- Restaurantes
- Cocinas
- Baños
- Interiores
- Revestimientos
- Servicio de Electricidad
- Servicio de Fontanería
- Reforma de Naves Industriales
- Trabajos de pintura y Mantenimiento
- Colocación de Suelos
- Instalaciones de Iluminación Led
- Instalaciones de Aire Acondicionado
- Instalaciones de Calefacción
Principales Servicios de Mantenimiento
- Mantenimiento, suministro y cambio todo tipo de iluminación
- Mantenimiento de aires acondicionados
- Mantenimiento e impermeabilización general cubiertas
GESTIÓN EN CALIDAD
Gestión En Calidad
Contamos con la participación de personal altamente calificado, capaz de asumir el liderazgo necesario para el cumplimiento de metas, las cuales están enfocadas en mantener nuestros clientes satisfechos con el manejo de materiales de primera y la perfección en cada una de las actividades a realizar.
FORTALEZAS
Cumplimiento y seriedad en nuestros proyectos.
Responsabilidad y entrega total en todas las actividades.
Credibilidad y confianza en el medio de la construcción.